En un Parlamento bicameral, compuesto por el Senado y la Asamblea Nacional, 'todo proyecto o propuesta de ley se examina sucesivamente en las dos cá maras del Parlamento'. El procedimiento legislativo se caracteriza por el uso del 'trá mite parlamentario'. Los proyectos o propuestas de ley se presentan simultá neamente en la Mesa de la Asamblea Nacional y en la del Senado con vistas a la adopció n de un texto idé ntico. Este instrumento indispensable en la votació n de las leyes del Parlamento designa comú nmente la transmisió n y el examen sucesivo de un proyecto o una propuesta de ley por las dos cá maras, con el fin de lograr su aprobació n en té rminos idé nticos. La aprobació n de un texto legislativo por una cá mara no es definitiva. En caso de desacuerdo entre las dos cá maras, el presidente de la Repú blica puede solicitar un procedimiento de conciliació n o dar la ú ltima palabra a la Asamblea Nacional; una vez que el texto ha sido aprobado definitivamente por la Asamblea Nacional a petició n del presidente de la Repú blica o por las dos cá maras en té rminos idé nticos, el procedimiento de ida y vuelta finaliza.